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La jurisprudencia en los seguros de hogar

La jurisprudencia no es otra cosa que es el conjunto de cuerpos legales o de leyes por las cuales se gobierna un Estado o una materia determinada. En el caso de este artículo la jurisprudencia es determinada por la Ley General de Seguros, en la que se señalan, en las partes que más nos interesan, las coberturas, exclusiones, así como deberes y derechos de quienes firman un contrato.

En el Ecuador es la Superintendencia de Bancos y Seguros el organismo público encargado de la regulación, control y aplicación de la ley.

De acuerdo a la ley, integran el sistema de la seguridad privada los siguientes actores:

  • todas las empresas que realicen operaciones de seguros;
  • las compañías de reaseguros;
  • los intermediarios de reaseguros;
  • los peritos de seguros; y,
  • los asesores productores de seguros.

8 requisitos legales que debe cumplir toda póliza

La intención de este post no es aburrirte ni marearte con temas legales que medianamente comprendes, el objetivo es que conozcas un poco más sobre qué sustento jurídico o jurisprudencia tiene este mundo de los seguros, pero sobre todo informarte para que no te dejes sorprender.

Ante eso, cada vez que te pongan una póliza a la espera de tu firma, recuerda que ese documento debe:

  1. Responder a normas de igualdad y equidad entre las partes contratantes;
  2. Ceñir su contenido a la legislación sobre el contrato de seguro constante en el Código de Comercio, el Decreto Supremo No. 1147, y a la ley y a las demás disposiciones que fueren aplicables;
  3. Encontrarse redactada de manera clara, de modo que sea de fácil comprensión para ti, el asegurado;
  4. Los caracteres tipográficos deben ser fácilmente legibles;
  5. Figurar las coberturas básicas y las exclusiones con caracteres destacados en la póliza;
  6. Incluir el listado de documentos básicos necesarios para la reclamación de un siniestro;
  7. Incluir una cláusula en la que conste la opción de las partes de someter a decisión arbitral o mediación las diferencias que se originen en el contrato o póliza de seguros;
  8. Señalar la moneda en la que se pagarán las primas y siniestros. La cotización al valor de venta de la moneda extranjera serán los vigentes a la fecha efectiva de pago de las primas y de las indemnizaciones.

Estos y otros detalles debes revisar antes de firmar un contrato.

Naturaleza jurídica de los seguros del hogar

El origen jurídico de estos seguros se menciona en el capítulo VI de la ley, donde se habla de la clasificación de los riesgos en la categoría Multirriesgo.

Al respecto, la ley dice que este seguro por objeto proporcionar una seguridad financiera al propietario o inquilino ante las consecuencias económicas que puedan derivarse de un daño que afecte a sus bienes o de las responsabilidades civiles que le puedan incumbir; puede incluir también el seguro de comunidades, referido a inmuebles, generalmente en régimen de comunidad de copropietarios.

¿Quién determina las cláusulas en las pólizas?

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros lo hace. Esta institución determinará las cláusulas que obligatoriamente contendrán las pólizas, así como las cláusulas prohibidas, las cuales carecerán de efectos y se tendrán por no escritas en caso de existir.

Y si te has preguntado también quién fija las tarifas de primas y notas técnicas, pues estas requieren autorización previa de la Superintendencia. Copias de las pólizas, tarifas y notas serán remitidas a la Superintendencia, por lo menos treinta días antes de su utilización, para fines de verificación, control y sanción.

¿Cuánto tiempo debes esperar por el pago de tu seguro?

Por ley, 30 días para pagar tu seguro

Mucho ojo con este dato. Las compañías de seguros y reaseguros tienen la obligación de pagar el seguro contratado o la parte correspondiente a la pérdida debidamente comprobada, según sea el caso, dentro del plazo de treinta (30) días siguientes de presentada la reclamación por parte del asegurado o beneficiario, acompañando los documentos determinados en la póliza.

 

Estas mismas compañías podrán objetar por escrito y motivadamente, dentro del plazo antes mencionado el pago total o parcial del siniestro, pero si el asegurado o el beneficiario se allanan a las objeciones de la compañía de seguros, ésta pagará inmediatamente la indemnización acordada.

El cumplimiento de los tiempos y fechas es, entre otros, características de estar frente a una aseguradora fiable.

¿Cuál es el procedimiento de reclamación de un seguro?

Toma su tiempo, pero es muy necesario. A la hora de una reclamación, cada compañía tiene su propia forma de gestionarla. Eso sí, cada disposición ha sido aprobada por la autoridad competente y varía respecto a la situación que se afronte.

En vista que los reclamos en su mayoría ocurren por problemas de asalto y robo, te comparto cuál es el procedimiento que debes seguir:

  1. Como asegurado te toca comprobar la exactitud de tu reclamación y de cuántos datos estén consignados en la misma.
  2. La compañía tendrá el derecho de exigirte toda clase de información sobre los hechos relacionados con el siniestro y por los cuáles puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.
  3. Como asegurado, estarás obligado a entregar a la compañía dentro de los quince (15) días siguientes al siniestro o en cualquier otro plazo que ésta le hubiere especialmente concedido por escrito, los documentos y datos siguientes:
  • Informe sobre los daños causados por el siniestro, indicando del modo más detallado y exacto que sea factible sobre los bienes destruidos o averiados, así como el importe del daño correspondiente, teniendo en cuenta el valor de dichos bienes en el momento del siniestro, sin incluir ganancia alguna.
  • Copia certificada de la denuncia a las autoridades policiales, detallando los objetos robados y el monto del perjuicio. Facturas que demuestren la preexistencia de los objetos robados.
  • Detalle, en caso de haberlos, de todos los seguros que existan sobre los bienes afectados por el siniestro.
  • Documentos que prueben la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la indemnización a cargo de la compañía.

 

Viste que conocer la jurisprudencia de los seguros de hogar no fue aburrido? Te cuento que cuando empecé a investigar sobre este tema, me entusiasmé tanto que no dudé en descargarme la Ley de Seguros para leerla de cabo a rabo.

Si tienes algunas horas libres en estos días, aprovéchalas y ojea la ley. Pero, si tienes alguna duda aún deja tus datos en los casilleros de abajo y me mandas tus inquietudes.

Ya sabes que estoy aquí para darte una mano.

22 noviembre 2016 POR: Elisa Mendoza
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